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Chavez: nueva política automotriz en Venezuela, no Hummers y se reducirán modelos – Parte 1

Antecedentes.- El presidente de Venezuela, Hugo Chávez en su programa Aló Presidente N° 296 correspondiente al domingo 30 de septiembre, ordenó a CADIVI (Comisión de Administración de Dolares para la importación de productos Divisas): â??apretar las tuercas porque hemos aflojado mucho el control de cambio, no podemos estar gastando las reservas internacionales para importar whisky, qué país es este y qué revolución es esta, la del whisky, la de los Hummer, no, esto es una revolución de verdad y los que no la hayan entendido es mejor que la vayan entendiendoâ?.

De conformidad con lo establecido en el numeral 11 del art�culo 156 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y en ejercicio de la atribución prevista en el numeral 8 del art�culo 76 de la Ley Orgánica de la Administración Pública; en concordancia con el art�culo 9 numerales 1, 2, 11 y 12; el art�culo 11 numerales 1 y 14; el art�culo 20 numerales 1 y 2 del Decreto No. 5.246 sobre Organización y Funcionamiento de la Administración Pública Nacional, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 38.654 de fecha 28 de marzo de 2007; y el Decreto450 de fecha 07 de diciembre de 1994, publicado en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela No. 35.607 de fecha 12 de diciembre de 1994.

Especulaciones, expectativas.- Inmediatamente después del anuncio, la incertidumbre se apodero de los comentarios en en foros, blogs y de las conversaciones de los empresarios y las personas enteradas. Al día siguiente lo difundía el blog de Motor Awards con un post titulado: â??Ni un dólar para importar Hummerâ? y la mayoría los medios de comunicación en sus ediciones webs e impresas con titulares parecidos.

Veintitrés (23) días después la Guía del Motor fue mas allá: Es inminente el anuncio de una nueva política automotriz en Venezuela“, donde se pronosticaba que en dos semanas se conocería la nueva política automotriz, la cual tenia como objeto:

1. Reducir el uso de divisas para la importación y ensamblaje de vehículos en pro de favorecer la disponibilidad de las mismas para garantizar la oferta de alimentos. Lo cual no acertó la Guía del Motor.
2. Restringir la presencia de marcas y modelos de vehículos en el país y limitar su renovación a 10 años. Lo cual no acertó la Guía del Motor.
3. Financiar la producción nacional de autopartes para favorecer su fortalecimiento. Acertado por la Guía del Motor, decretado según el articulo 14.

El decreto.- El miércoles 31 de octubre de 2007, un mes después de haberlo anunciado Chavez en el Aló Presidente n° 296, apareció la Gaceta Oficial n° 357.721, contentiva de una resolución conjunta entre el Ministerio del Poder Popular para las Finanzas nº 1951, el Ministerio del Poder Popular para las Industrias Ligeras y Comercio nº 310, el Ministerio del Poder Popular para la Energía y el Petroleo nº 197 y 148, definiendo la nueva política automotriz de Venezuela.

La resolución contentiva de 19 artículos, los cuales puede leer en una transcripción realizada por la revista venezolana online Automotriz.net, del decreto 357.721 según un vinculo más abajo.

La reacciones.- Colombia y ecuador como socios del pacto andino (que incluye a Colombia, Bolivia, Perú, y otros países asociados) han mostrado preocupación por la importación de vehículos desde Colombia y Ecuador hacia Venezuela.

Los empresarios venezolanos se muestran preocupados por la factibilidad de cumplir con la instalación del equipo Gas Natural Vehicular (GNV) para el primero de enero de 2008, o que los usuarios dispongan del suficiente numero de estaciones de servicio.

Asimismo, también se ve poco factible que la industria automotriz nacional este en capacidad de producir localmente el 50% de las partes necesarias para ensamblar vehículos en el país.

Mi comentario particular sobre 5 de los 19 artículos.- Alternativamente usted puede leer los artículos originales según una transcripción realizada por la revista venezolana online Automotriz.net del decreto 357.721 en otra ventana, mientras sigue mis comentarios acerca de los artículos que me parecieron más relevantes

Articulo 4. Requerir licencia de importación para la asignación de divisas… un papel mas, uno menos, igual ya esta el control sobre las divisas, más bien es como un antojo por aumentar la burocracia y retrasar los procesos.

Articulo 5. El el decreto exige que las ensambladoras entreguen un plan de ensamblaje e importación de vehículos, me parece adecuado, para que el gobierno este más enterado del movimiento de la industria y en base a ello articule las políticas necesarias para optimizar su funcionamiento y favorecer e impulsar a la industria nacional y a sus consumidores.

Articulo 10. Se cuestiona la viabilidad de la instalación del sistema dual gas gasolina o gas diésel para el primero de enero del año 2008, se considera muy poco tiempo para colocar operativas las estaciones de GNV. Ademas de que en los últimos meses ha habido escasez de gas domestico. Aunque respecto a esto el estado ya ha dicho que la reimplementación del GNV es un plan al 2012.

Articulo 14. Igual que el articulo 10. Se requieren nuevas empresas e inversiones, que ojala se den; para cumplir con un 50% de partes nacionales para el año 2013, las pocas empresas que están instaladas, actualmente están saturadas, en Venezuela no es común que la gente quiera invertir en manufactura, lo del venezolano generalmente es vender, el estado tendrá que atraer inversionistas extranjeros o instalar sus propios proyectos, a menos que aparezcan personas con la valentía y los conocimientos necesarios necesario para desarrollar proyectos manufactureros.

Me agradó mucho que ultimo párrafo de este articulo: “A objeto de facilitar el cumplimiento de lo establecido en este artículo, a partir del 1º de enero de 2010, los motores de los vehículos automotores, esto es, vehículos de pasajeros, de carga y de transporte público, ingresarán desarmados para su ensamblaje en el país e incorporarán piezas y partes nacionales.”

Actualmente la mayoría de los motores ingresan armados completos, pero sin lo que se considera accesorios como por ejemplo, el alternador, la bomba de dirección, el compresor del aire acondicionado, etc. Me agradó mucho repito, pero no soy conformista, estaría más satisfecho si el la resolución hubiese decretado que para el 2010, se debiese fabricar en el país alguna parte importante del motor (o de una caja de velocidades), por ejemplo el bloque, la culata, el cárter de aceite, la tapaválvulas, etc., tenemos las materias primas, solo nos faltan las industria para transformarlas… a veces pienso que el estado esta dormido.

Articulo 15. Igual que el 5. “Las Empresas Ensambladoras de Vehículos (¿y donde quedan las importadoras?) informarán mensualmente al Ministerio del Poder Popular para las Industrias Ligeras y Comercio, la relación de las unidades producidas nacionalmente, importadas, vendidas en el país y exportadas, con indicación de sus precios de venta. Ojala que sea para tomar medidas contundentes contra la especulación y aumento abusivo de precios.

Articulo 16. Muy especial de mi agrado, sobre todo porque siempre compro repuestos para el vehículo del la casa, y me siento impotente a ver como me cambian los precios y se que es a voluntad del vendedor. Yo también vendí repuestos y se como se maneja el asunto, el vendedor de repuestos generalmente vende el articulo a un precio superior al que indica la pantalla de su sistema de venta, habiendo ya sistemas que tiene ajustados un margen de ganancia por encima del 30%, he visto casos del 60%, lo cual ya es ilegal, porque constituye enriquecimiento ilícito, especulación, sobreprecio o como se le quiera llamar, es ilegal. Ojala se cumpla.

¿Usted que opina?

Continuar leyendo la segunda parte de este post: Chavez: nueva política automotriz en Venezuela, no Hummers y se reducirán modelosParte 2

Mas información:

  • AÃ?O CXXXV MES I — Caracas, Miércoles, 31 de Octubre de 2007 — Número 357.721 – Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, resolución conjunta entre el Ministerio del Poder Popular para las Finanzas nº 1951, el Ministerio del Poder Popular para las Industrias Ligeras y Comercio nº 310, el Ministerio del Poder Popular para la Energía y el Petroleo nº 197 y 148, definiendo la nueva política automotriz de Venezuela. Pagina 1, Pagina 2
  • Trasncripción y video grabación del Alo Presidente Nº 296, Sector Tierra Blanca. Municipio Barinas, estado Barinas. Domingo, 30 de septiembre de 2007
  • Toda la información que he recopilado y guardado en mis favoritos del.icio.us/jesusguevarautomotriz/política.
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4 comments to Chavez: nueva política automotriz en Venezuela, no Hummers y se reducirán modelos – Parte 1

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